Competencia de los jueces de garantías es abierta (2:51 p.m.)
11 de Noviembre de 2011
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Nota:
77111
En auto del pasado mes de octubre, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia aclaró la competencia abierta que tienen los jueces de control de garantías, a diferencia de la exclusiva y cerrada de los jueces de conocimiento, luego de la expedición de la nueva Ley de Seguridad Ciudadana (Ley 1453 del 2011). Esta normativa consagró la posibilidad de que cualquier juez municipal tenga competencia para asumir el control constitucional de las medidas adoptadas por la policía y la fiscalía. Así, se eliminó la competencia exclusivamente territorial. Sin embargo, la Corte precisó que esta libertad de competencias no significa que los sujetos procesales tengan plena libertad de elegir el juez de garantías, sino que se deben seguir algunas pautas para definir la competencia, como el lugar en el que se capturó al procesado, el sitio en el que está detenido o el área en donde se encuentren los elementos materiales probatorios. (M. P. Fernando Castro)
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