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14 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 1 hora | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


ATENCIÓN: Continúa virtualidad en la Rama Judicial, presencialidad será de mínimo 60 %

28 de Febrero de 2022

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ATENCIÓN: Continúa virtualidad en la Rama Judicial, presencialidad será de mínimo 60 %

El Consejo Superior de la Judicatura decidió que los servicios de justicia se continuarán prestando de manera virtual a través de los medios tecnológicos dispuestos. Además, a partir de mañana (1º de marzo) todos los despachos, sedes judiciales y dependencias administrativas retornarán a la presencialidad en un mínimo del 60 %, mientras dure la emergencia sanitaria.

 

Recordemos que hasta el 30 de abril se prorrogó la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional.

 

Las sesiones de los órganos colegiados de la Rama Judicial se podrán realizar de manera virtual, presencial o mixta.

 

Por su lado, las audiencias se harán preferentemente en forma remota, mediante el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, para su agendamiento, realización, grabación, almacenamiento y disponibilidad, de conformidad con las normas procesales vigentes. (Lea: “La implementación de la virtualidad fue un gran avance para la corporación”)

 

Igualmente, se ordena a los funcionarios de la justicia colaborar a los usuarios que encuentren barreras de acceso o no cuenten con los medios tecnológicos para acceder virtualmente al servicio que prestan. (Lea: DEBATE: ¿Es hora de que la justicia regrese a la presencialidad total?)

Magistrados, jueces y jefes de dependencias podrán implementar las condiciones de trabajo en casa cuando se presenten circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales que impidan al servidor judicial realizar sus funciones en su lugar de trabajo, respetando el horario, la jornada laboral, el derecho al descanso y la desconexión laboral. (Lea: JUSTICIA DIGITAL: Descargue los tres proyectos que piden convertir en ley las normas del Decreto 806)

 

Lo anterior bajo criterios medibles de periodicidad, plazos de entrega, medio electrónico al cual deberán remitir la información, así como otros relevantes para asegurar el cumplimiento de funciones, su control y seguimiento. (Lea: ¿Es extemporáneo el recurso que se allega por correo después de las 5 p. m.?)

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