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Especiales / Informe


2019, un año de gran producción normativa

04 de Enero de 2020

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A pesar de que la agenda legislativa del Gobierno Nacional no fue numerosa, el Congreso de la República sacó adelante más de 60 leyes y cinco actos legislativos, desde la reforma tributaria, hasta un nuevo control fiscal.

 

Importantes pronunciamientos judiciales sobre la libertad de expresión en las redes sociales también fueron noticia en los medios de comunicación, así como fallos relacionados con la aplicación del Código Nacional de Policía frente al consumo de bebidas alcohólicas y estupefacientes en espacio público y compras a vendedores ambulantes.

 

Temas como el fracking, la fumigación de cultivos ilícitos con glifosato, la propuesta de regulación del aborto y las primeras decisiones y audiencias de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) se debatieron en diferentes escenarios en el país. Precisamente, la orden de liberar a Jesús Santrich dada por la JEP marcó un punto de quiebre con la Fiscalía General de la Nación, que provocó la salida del titular de esa institución, Néstor Humberto Martínez.

 

En el 2019 también hubo relevo en el Ministerio de Justicia, tras la renuncia de Gloria María Borrero y la llegada de Margarita Cabello Blanco. No ocurrió lo mismo con el Fiscal General de la Nación, cargo que aún permanece en interinidad, tras el bloqueo institucional que sufre la Corte Suprema de Justicia y que le ha impedido nombrar a siete magistrados.

 

Las marchas masivas de finales del 2019 en contra de posibles reformas laborales y pensionales, entre otros temas, generaron una serie de peticiones, muchas de las cuales podrían terminar en grandes reformas normativas. Y, de nuevo, en el 2020, ÁMBITO JURÍDICO estará muy pendiente de todas esas novedades para informarlas oportunamente a sus lectores.

 

La incertidumbre alrededor de la reforma tributaria

 

Sin lugar a dudas, la Ley de Financiamiento (Ley 1943/18) fue una de las protagonistas más importantes del 2019. El inicio del año no solo estuvo marcado por su entrada en vigencia, sino, además, por las múltiples demandas de inconstitucionalidad en contra de varias de sus disposiciones.

 

En efecto, mientras la Corte Constitucional emprendía la tarea de analizar los cargos que atacaban tanto la forma como el fondo de la ley, y que derivó en múltiples pronunciamientos, el Ejecutivo expidió alrededor de 15 decretos reglamentarios para trazar la hoja de ruta de los diferentes aspectos incorporados en la reforma.

 

Sin embargo, el ejercicio de esa potestad quedó detenido luego de que el máximo tribunal constitucional declarara la inexequibilidad total de la ley, con efectos diferidos al 1º de enero del 2020, en tanto contrarió el principio de publicidad, postulado que resultaba necesario para que el legislador emitiera su consentimiento en la aprobación de una reforma que requería de amplias garantías democráticas.

 

Esa decisión abrió paso a la radicación del proyecto que hoy se denomina Ley de Crecimiento Económico.

 

Las reformas constitucionales

 

Cinco reformas constitucionales se materializaron durante el 2019. La más importante es la reforma al régimen de control fiscal (Acto Legislativo 4/19), calificada por los expertos como un hito dentro de la evolución de la gestión pública.

 

La acompaña la reforma al régimen de regalías (Acto Legislativo 5/19), que busca dar mayor participación a las entidades territoriales beneficiarias de asignaciones directas y proteger el medioambiente, entre otros objetivos, y la reforma que estableció la segunda vuelta para la elección del Alcalde Mayor de Bogotá (Acto Legislativo 3/19).

 

Se suman la que prohibió que el secuestro, el tráfico de estupefacientes y los actos sexuales contra menores de edad sean considerados como delitos políticos o conductas conexas a estos (Acto Legislativo 2/19) y, finalmente, la que otorgó la categoría de Distrito Especial y Portuario al municipio de Barrancabermeja, en Santander (Acto Legislativo 1/19).

 

El balance legislativo

 

Más de 60 leyes fueron expedidas a lo largo del 2019. Aunque algunas han sido elogiadas por sus objetivos, como la que prohíbe el uso del asbesto (Ley 1968/19), la que previene la infertilidad (Ley 1953/19) y la que crea el programa de tamizaje neonatal (Ley 1980/19), otras han sido objeto de grandes debates, como ocurrió con la que modificó el delito de violencia intrafamiliar (Ley 1959/19) y la Ley TIC (Ley 1978/19).

 

Aun así, lo cierto es que el ejercicio legislativo durante el año deja como resultado normas de gran relevancia, entre las que se destacan la Ley 1958, aprobatoria del acuerdo suscrito con la Ocde; la Ley 1955, que estableció topes para el incremento del impuesto predial; la Ley 1966, que adoptó medidas para la transparencia del sector salud; la Ley 1962, que fortaleció las regiones, y las leyes 1967 y 1951, que crearon el Ministerio del Deporte y el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, respectivamente.

 

Los límites a la interacción en las redes sociales

Redes sociales

La relevancia que ha ido adquiriendo la interacción ciudadana en las redes sociales condujo a que en el 2019 se desarrollaran importantes decisiones judiciales y administrativas. Ejemplo de ello son los fallos proferidos por la Corte Constitucional en los que estableció, de un lado, las pautas para delimitar la libertad de expresión y fijar los eventos en los que el juez constitucional puede intervenir (Sent. SU-420/19), y, de otro, las reglas para determinar si una publicación en redes vulnera la honra de los funcionarios (Sent. T-155/19).

 

Igualmente, la Corte Suprema de Justicia reconoció que el delito de acto sexual violento puede materializarse aún en eventos en los que el contacto se produce mediante medios virtuales (internet y redes sociales).

 

La expedición y prórroga del Código General Disciplinario

 

Con la sanción de la Ley 1952 del 28 de enero del 2019, se expidió el Código General Disciplinario, norma base para adelantar procesos contra servidores públicos y algunos particulares que ejercen funciones públicas. Las disposiciones de esta ley entrarían en vigor cuatro meses después de la sanción presidencial. No obstante, con la Ley 1955 del 2019 (Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022), su entrada en vigencia fue prorrogada hasta el 1° de julio del 2021. Actualmente, cursa en la Corte Constitucional una demanda (D-13440) contra la mencionada prórroga.

 

PND ha sido objeto de varias reglamentaciones

 

El 25 de mayo del 2019 fue sancionada la Ley 1955, por la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2018-2022 “Pacto por Colombia, pacto por la equidad”, basado en tres ejes estructurales: legalidad, emprendimiento y equidad. Han sido reglamentados varios temas, entre ellos las medidas de sostenibilidad financiera del Fondo Empresarial de la Superservicios y la habilitación de gestores catastrales. Así mismo, fue objeto de demandas de inconstitucionalidad y también cursan proyectos de reglamentación, en asuntos como el pago de sentencias o conciliaciones en mora.

 

Marco procesal y de funcionamiento de la JEP

Redes sociales

El 16 de agosto del 2018, la Corte Constitucional aprobó, con varios condicionamientos e inexequibilidades, el proyecto de ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Con base en este pronunciamiento y luego del rechazo a varias objeciones, casi un año después, el presidente Iván Duque firmó la Ley 1957 el 6 de junio del 2019 y, de esta manera, se concretó para esta jurisdicción su marco procesal y de funcionamiento. De acuerdo con el texto de la nueva ley, la JEP puede imponer sanciones propias, alternativas u ordinarias.

 

Vendedores informales y consumo de estupefacientes en espacio público

 

El Código Nacional de Policía (Ley 1801/16) fue objeto de varios pronunciamientos que, a su vez, dieron origen a trámites legislativos. La Corte Constitucional determinó que sancionar a compradores de vendedores ambulantes vulnera la Constitución y, en consecuencia, condicionó las expresiones “promover” y “facilitar” contenidas en el numeral 6 del artículo 140. Posteriormente, fue sancionada la Ley 1988 del 5 de agosto del 2019, que estableció los lineamientos para la política pública para vendedores informales. De otra parte, se sancionó la ley que limita el consumo de estupefacientes en el espacio público (Ley 2000/19).

 

Fallos de género

 

En el 2019, las altas cortes fueron protagonistas de importantes fallos relacionados con Derecho y género. La Corte Suprema de Justicia determinó que el maltrato hace inexigible el requisito de convivencia, para efectos de pensión de sobrevivientes. De otra parte, la Corte Constitucional ordenó que se le permitiera a una niña participar en un torneo de fútbol del que había sido expulsada. Por último, se declaró inexequible la expresión “seguido del” contenida en el artículo 1º de la Ley 54 de 1989, por considerar que priorizar el apellido del hombre al registrar a los hijos perpetúa estereotipos.

 

Ruta del Sol y Glencore

 

Dos laudos arbitrales acapararon la atención de la opinión pública, relacionados con la Ruta del Sol 2 (Odebrecht) y Glencore. En el primero, se declaró la nulidad absoluta del contrato suscrito con el fin de adelantar las obras necesarias para la construcción y ampliación de este trayecto vial. En el segundo, se determinó que Colombia debía restituir a la multinacional la suma de 19,1 millones de dólares y reconocer los intereses de ese valor a la tasa Libor, más un 2 %, y 1.692.900 dólares por concepto de “expensas de defensa”.

 

Ley de Capacidad Civil

 

Llenando distintos vacíos procesales y sustanciales de la ley civil, entró en vigencia la normativa que garantiza el derecho a la capacidad legal plena de los mayores de edad con discapacidad, valiéndose de los apoyos que se requieran y con las salvaguardias adecuadas para su debido ejercicio. También se estableció la presunción de capacidad. Así, en ningún caso la existencia de una discapacidad podrá ser motivo para restringir el ejercicio legal de una persona. Esta presunción también aplicará para los derechos laborales.

 

Examen para Abogados

 

La polémica ley que crea el examen habilitante para el ejercicio del Derecho ha sido respaldada, hasta el momento, por la Corte Constitucional. Sin embargo, en la última demanda estudiada, determinó que las universidades no pueden realizar dicha prueba. Así mismo, declaró la exequibilidad condicionada de la norma sobre quiénes deben cumplir dicho requisito, para que la prueba la hagan: (i) graduados que deseen ejercer la representación de terceros en cualquier trámite y (ii) los estudiantes que inicien su carrera con posterioridad a la promulgación de la ley.

 

Inexequibilidad del artículo 121 del CGP

Redes sociales

La Corte Constitucional declaró la inexequibilidad de la “nulidad de pleno derecho” de las actuaciones adelantadas por el juez con posterioridad al vencimiento de los términos para dictar sentencia en primera o segunda instancia, la cual deberá ser alegada antes de proferirse la sentencia y es saneable en los términos del Código General del Proceso (CGP).  Igualmente, el vencimiento de dichos plazos no implica una descalificación automática del desempeño de los funcionarios judiciales. Vale la pena agregar que estas dos reglas estaban contenidas en el artículo 121 de dicho estatuto procesal.

 

Prima para funcionarios de la Rama Judicial

 

En el 2019, el Consejo de Estado unificó su jurisprudencia y determinó que los funcionarios de la Rama Judicial, el Ministerio Público y demás servidores beneficiarios de la prima especial tienen derecho a que esta se liquide incluyendo en el ingreso básico mensual el pago la totalidad del salario básico más un 30 %. Concluyó que la prestación constituye una adición al salario de estos servidores, lo que implica además el derecho a la reliquidación de sus prestaciones sociales sobre el 100 % del salario básico, más el 30 % por concepto de prima especial.

 

Decreto Antitrámites entra en vigor

 

El presidente Iván Duque firmó el Decreto 2106, con el objetivo de mejorar 2.900 trámites y procedimientos administrativos y optimizar el servicio y atención a los ciudadanos. Entre los principales cambios, se destaca que las autoridades no podrán solicitar en sus trámites requisitos o documentos que reposen en bases de datos o sistemas de información del Estado. A partir del 2020, los contratistas del Estado no deberán presentar físicamente en sus cuentas de cobro la planilla de pago de seguridad social.

 

Los fallos sobre consultas mineras y ‘fracking’

 

La Corte Constitucional revisó varias decisiones adoptadas en sede de tutela por el Consejo de Estado, en las que se cuestionaba la prohibición de desarrollar actividades mineras en las entidades territoriales. Así mismo, durante el 2019, la explotación hidraúlica o fracking para obtener hidrocarburos fue tema de discusión, tras un fallo del Consejo de Estado y las propuestas del Gobierno sobre esta materia.

 

Nuevo exhorto de la Corte Constitucional sobre la doble conformidad penal

 

En un fallo de mayo, la Corte Constitucional exhortó, una vez más, al Congreso de la República, para que regule el procedimiento que garantice efectivamente el derecho a la doble conformidad de la condena penal. El alto tribunal recordó que la Sentencia C-792 del 2014 impartió instrucciones que deben seguidas por todas las autoridades judiciales.

 

Establecen límites a la indemnización de contratistas

 

A través de la Sentencia C-207 del 2019, la Corte Constitucional condicionó el artículo 20 de la Ley 1882 del 2018, relacionado con las restituciones a terceros de buena fe, en casos de nulidad absoluta de contratos que desarrollen proyectos de asociación público privada. La norma había generado gran controversia por casos como el de Odebrecht.

 

Precisan jurisprudencia constitucional sobre fumigación con glifosato

 

En la Sentencia T-236 del 2017, la Corte Constitucional concluyó que existen elementos para afirmar, provisionalmente, que el glifosato es una sustancia tóxica que puede causar cáncer u otras afectaciones a las células humanas. Al revisar el fallo, el alto tribunal reiteró esta posición y las competencias del Consejo Nacional de Estupefacientes frente a los programas de erradicación de cultivos ilícitos.

 

Gobierno expide nuevo decreto de régimen aduanero

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En desarrollo de la Ley Marco de Aduanas (Ley 1609/13), el presidente de la República, Iván Duque, firmó el Decreto 1165 del 2019, por medio del cual se dictan disposiciones relativas al régimen de aduanas, con el fin de que todos los usuarios de comercio exterior, así como funcionarios de la Dian, cuenten con normas claras para el cumplimiento de las obligaciones aduaneras.

 

Nace un ‘holding’ financiero estatal

 

Mediante el Decreto 2111 del 2019, el Ministerio de Hacienda creó el Grupo Bicentenario, el holding financiero que agrupará a las entidades estatales que prestan servicios financieros. Será una sociedad de economía mixta de régimen especial, regida por el derecho privado, que permitirá “alinear estratégicamente a las empresas, evitando que las compañías tengan objetivos contradictorios entre sí”.

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