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Actualizado hace 1 hora | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Explican violación indirecta de la ley bajo la modalidad de falsos juicios de identidad y raciocinio

30 de Noviembre de 2017

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Al resolver de fondo varias demandas de casación, la Corte Suprema de Justicia explicó la violación indirecta de la ley sustancial derivada de los errores de hecho en la apreciación probatoria por falsos juicios de identidad y raciocinio. (Lea: Conozca las precisiones de la Corte Suprema sobre la casación oficiosa)

 

Falso juicio de identidad

 

Con base en la jurisprudencia precedente, el fallo precisó que este error de hecho en la apreciación probatoria se presenta cuando el juzgador, no obstante considerar legal y oportunamente recaudada la prueba, al fijar su contenido la distorsiona, cercena o adiciona en su expresión fáctica,

 

Lo anterior, generando efectos que objetivamente no se establecen de ella o derivando conclusiones que no corresponden a su dimensión material. (Lea: Así se configura la causal de casación por violación indirecta de ley sustancial)

 

En este evento, el casacionista tiene la carga de indicar expresamente:

 

i.     Qué dice el medio probatorio en concreto,

 

ii.     Qué dijo exactamente de sta prueba el fallador,

 

iii.     Cómo se le cercenó, tergiversó o adicionó y

 

iv.     la definitiva repercusión del desacierto en la declaración de justicia contenida en la parte resolutiva del fallo.

 

Falso raciocinio

 

Ahora bien, cuando se acude a la violación indirecta de la ley en la modalidad de falso raciocinio se debe demostrar que el fallador al momento de asignarle mérito persuasivo a determinado elemento de juicio transgredió los principios que gobiernan la sana crítica como método de valoración probatoria, es decir, los postulados de la lógica, las leyes de la ciencia y/o las reglas de la experiencia.

 

En este supuesto, el recurrente debe indicar:

 

i.     Qué dice la prueba en concreto

 

ii.     Qué se infirió de ella en la sentencia censurada,

 

iii.     Cuál fue el mérito persuasivo asignado y

 

iv.     Enseñar el postulado lógico, la ley científica o la máxima de la experiencia cuyo contenido resultó desconocido.

 

Con todo, la Sala Penal afirmó que la trascendencia del yerro, de obligada demostración, se agota cuando se expresa con claridad cómo se debió apreciar el elemento y acreditando que su rectificación daría lugar a una decisión distinta y favorable a los intereses del procesado. (Lea: Así se configura la violación directa de las normas sustanciales como causal de casación)

 

Finalmente, aseguró que cada una de estas especies de error obedecen a momentos distintos en la apreciación probatoria y corresponden a una secuencia de carácter progresivo, así encuentren concreción en un acto históricamente unitario como lo es el fallo. (Lea: Precisan cuándo se producen errores de hecho bajo la modalidad de falso raciocinio)

 

Por esto, no resulta lógico que frente a la misma prueba y dentro del mismo cargo o en otro postulado en el mismo plano se mezclen argumentos referidos a desaciertos probatorios de naturaleza distinta (M. P. Eyder Patiño Cabrera).

 

CSJ, Sala Penal, Sentencia SP-192242017 (47716), Nov. 15/17

 

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