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26 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 1 minuto | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Impreso

La transformación digital de la tutela, ¿primer paso hacia la descongestión judicial?

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Daniel Castaño

Abogado de la Universidad Externado de Colombia

Magíster (LL. M) y Doctor en Derecho (J.S.D) de University of California (Berkeley)

 

El más reciente proyecto de reforma a la justicia radicado ante el Congreso de la República proponía la reestructuración de la acción de tutela como medida para descongestionar los despachos judiciales. ¿Cómo se puede solucionar un problema que no se entiende a ciencia cierta? De acuerdo con la información proporcionada por la Oficina de Sistemas de la Corte Constitucional, a septiembre de este año, se habían radicado 440.100 tutelas con un promedio de 2.700 diarias. Por su parte, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia indicó que las decisiones de acciones de tutela representaron el 87 % de su producción durante el primer semestre de este año.

¿Sería posible entonces descongestionar la justicia mediante la reestructuración de la acción de tutela? Considero que es viable reformar la justicia para descongestionarla, mejorar su eficiencia, velocidad y cobertura mediante su transformación digital, sin que para ello sea necesario reformar la Constitución Política de 1991. Mi propuesta encuentra su fundamento en los trabajos de Lawrence Lessig, profesor de la Universidad de Harvard, quien ha sostenido de tiempo atrás que la arquitectura del ciberespacio constituye de suyo un instrumento de regulación del comportamiento humano. Considero que el primer paso para ello podría consistir en la transformación digital de la arquitectura del procedimiento de la acción de tutela para instituir una jurisdicción constitucional digital. Esta transformación digital debería, a mi juicio, proceder en dos etapas, a saber: la implementación de un verdadero expediente digital y el posterior despliegue de una inteligencia artificial (IA) para optimizar el razonamiento judicial.

 

En primer lugar, se debería diseñar e implementar un expediente digital intuitivo, estable, confiable e interoperativo que incorpore una metodología estándar para la estructuración de datos y que facilite su traducción a lenguaje de máquina con miras a futuros desarrollos de IA.

 

La puesta en marcha de una justicia digital de estas características y técnicamente apta para la implementación de una futura IA requiere de un poder computacional significativo que tal vez solo podría ofrecer la computación en la nube y sus servicios de infraestructura, plataforma y software.

 

Solo cuando ello ocurra podríamos pensar en el diseño y la adopción de IA para la Rama Judicial. Para tal fin, lo primero que debemos hacer es descartar de plano la visión fantasiosa según la cual la IA puede leer, entender, procesar y decidir de manera autónoma todos los casos pendientes de decisión judicial en Colombia, pues ello genera temores infundados respecto de una tecnología aún inexistente. En su lugar, debemos comprender a cabalidad el potencial real de la IA y sus limitaciones, en particular, aquellas propias del procesamiento de lenguaje natural por parte de las máquinas.

 

Así pues, antes que un sistema autónomo de decisiones automatizadas, por ahora debemos entender que la IA podría contribuir a la creación de un sistema de inteligencia humana aumentada para la Rama Judicial que, de ninguna manera, implicaría la sustitución de nuestros jueces. En este sentido, se podría desplegar una IA para la creación de un fuero constitucional digital y un sistema de reparto de expedientes por temas o teniendo en cuenta una medición dinámica de la carga laboral de los jueces sin consideración al factor territorial (es decir, que un juez en Bogotá pueda resolver una tutela radicada en Leticia), un sistema de alertas para identificar “tutelatones”, para monitorear abusos de la acción de tutela o corrupción, para automatizar ciertos aspectos procedimentales de los procesos judiciales y para preservar la coherencia del precedente judicial, entre otros.

 

Por último, conviene destacar que actualmente el Consejo de Estado, la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional están embarcados en una iniciativa que navega de manera decidida hacia la implementación de un expediente judicial que permita en un futuro no muy lejano la aplicación de IA en la administración de justicia similar al que aquí he descrito. Esta iniciativa merece todo el apoyo por parte de las ramas del Poder Público y la sociedad civil, pues de su éxito depende, en gran parte, la estructuración de una justicia digital en nuestro país que materialice el mandato contenido en el artículo 229 constitucional. Esperemos que en esta iniciativa los abogados entendamos que la clave es la ingeniería.

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