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26 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 2 horas | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Impreso

'Elegantia iuris'

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Maximiliano A. Aramburo C.

Profesor de la Universidad Eafit y Presidente del Iarce

marambur@eafit.edu.co

 

Casi toda cohorte o promoción universitaria de abogados identifica entre sus profesores o entre sus compañeros a quien encaja en el estereotipo del “buen padre de familia” (estándar de conducta, por cierto, que se está reemplazado en la doctrina, con sólidos argumentos, por el de “persona razonable”). Hay quienes, además, pueden identificar entre los suyos a quien personifica la llamada elegantia iuris, estándar entre ético y estético que se presenta de manera espontánea en algunos colegas y que nada tiene que ver con vestirse en Via Condotti o Savile Row, ni con promocionar, cual maniquí, un determinado estilo de vida por las redes sociales. La idea de elegantia iuris, más bien, se identifica con una serena sobriedad y buen gusto (términos vagos, por supuesto), tanto en la vida pública como en la privada y que tiene una extensión no siempre fácil de lograr en el estilo de escritura, que es una de las tareas fundamentales de quien ejerce como jurista.

 

En tiempos de la oralidad procesal, la escritura parece haberse degradado a cuestión marginal, como si se olvidara que al menos la introducción de la causa en buena parte de los procedimientos es, por ahora, necesariamente escrita, y que la oralidad como forma de comunicación no es incompatible con la producción escrita de, al menos, la base de lo que se comunica. Es preciso insistir en que no se puede confundir oralidad con improvisación ni elocuencia oral con repentismo. Ya en otra ocasión he manifestado mi desacuerdo con las lecturas morales de la oralidad, pero ciertamente la escritura jurídica (y, sobre todo, la judicial) parece pasar por horas tan oscuras como el estilo que solemos emplear los abogados.

 

Quizás no están completamente estudiadas y diagnosticadas todas las causas de los defectos de escritura que tenemos, pero muy seguramente una parte significativa de ellos pasa por obviar que escribimos para comunicar y que, frente a terceros que no hayan estudiado nuestra carrera, lo hacemos de manera francamente deficiente. ¿Se ha preguntado usted qué porcentaje de lo que dice en una conversación entre abogados es incomprensible, digamos, para un ingeniero o un zootecnista?

 

Este defecto, que acusamos cuando hablamos, se exacerba cuando escribimos. Hace apenas días me pidieron revisar la respuesta a una solicitud que una trabajadora formuló en tres líneas, pidiendo dos datos concretos de su información a una central de riesgos financieros. La respuesta, de cinco páginas repletas de citas jurisprudenciales, me recordó el recién leído Manual de escritura jurídica que publicaron Legis y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, bajo la dirección del vecino de estas líneas, Diego López Medina: casi todos los párrafos son unioracionales, está plagada de términos que no comprende quien no haya estudiado Derecho, se abusa de las mayúsculas y de los énfasis, entre otros vicios de escritura.

 

¿Qué hacer? ¿En qué momento se pueden corregir -o mejor: atajar- estos desmanes y, en su lugar, promover un estilo elegante y sobrio de escritura jurídica, que comunique eficazmente sin perder el rigor que esperamos de los textos jurídicos? En las universidades nos la pasamos preguntándonos por la relevancia de nuestros planes de estudio y cada cierto tiempo hacemos reformas curriculares, preguntándonos cuáles materias -partes generales y especiales, cursos teóricos y prácticos, materias clásicas y otras no tanto- deberían verse como obligatorias, y cuáles como optativas, mientras esperamos que los cursos de argumentación resuelvan las deficiencias que se arrastran y acumulan con otros males del uso del lenguaje.

 

No olvido a un viejo profesor que, ante la insistencia de ofrecer cursos obligatorios de un segundo idioma, se enfurecía repitiendo que mejor sería ofrecer cursos del primero. Muchas facultades anglosajonas tienen esos cursos en su oferta académica, así que no se trata de una idea descabellada de origen tropical. Mientras tanto, nosotros parecemos confiar más en una ley (Proyecto 063 de 2018 Cámara, sobre lenguaje claro) como mecanismo para obligarnos a hacer uso de la razón y entender que, si comunicamos claro, comunicamos mejor.

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