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Actualizado hace 9 horas | ISSN: 2805-6396

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Penal


En caso Odebrecht, conozca cómo se aplica el principio de oportunidad en el delito de cohecho

13 de Enero de 2017

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Un acuerdo entre la firma Odebrecht, la Fiscalía de Brasil, la Procuraduría de Suiza y el Departamento de Justicia de los EE UU ha desatado el último gran escándalo de corrupción internacional. (Lea: Precisan aplicación de ley contra el soborno transnacional sobre subordinadas y sucursales de sociedades extranjeras)

 

Concretamente, en el documento suscrito se admite el pago de sobornos trasnacionales en 12 países para la obtención de cuantiosos contratos de infraestructura. En el caso colombiano, los pagos suman US $ 11 millones, entre el 2009 y el 2014.

 

Con esta realidad, la Fiscalía General de la Nación inició una compleja investigación, en la cual se activaron los mecanismos de cooperación judicial internacional con el objetivo de confirmar estos hechos y avanzar en el proceso penal.

 

Así, y como resultado de estas averiguaciones, el ente acusador pudo establecer que la organización brasileña sí habría efectuado una serie de pagos fraudulentos para obtener varios contratos de obra.

 

Se debe decir que la investigación se ha realizado en un marco de confidencialidad y se encuentra en la fase inicial; además, con el acervo probatorio obtenido y las pruebas a practicar se espera establecer la totalidad de terceros y servidores públicos implicados.

 

Caso contra el exviceministro Gabriel García Morales

 

Un primer ilícito, por  $ 6,5 millones de dólares, se llevó a cabo para lograr la adjudicación de la concesión del Tramo Dos de la Ruta del Sol (parte de la troncal del Magdalena). El contrato fue suscrito, en enero del 2010, por el Instituto Nacional de Concesiones (Inco), dirigido para esa época por el exviceministro de Transporte Gabriel García Morales. 

 

La suma restante para completar los US $ 11 millones de dólares se utilizó para obtener otras obras con la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), durante la actual administración. (Lea: La responsabilidad administrativa de las personas jurídicas)

 

Entonces, se imputarán los delitos de cohecho impropio, interés indebido en la celebración de contratos y enriquecimiento ilícito a García, pues se tiene evidencia de que exigió un millonario pago para garantizar que Odebrecht fuera la única firma habilitada en la mencionada licitación.

 

Principio de oportunidad para Odebrecht

 

Lo que ha generado más interés en la comunidad judicial es la inauguración en el sistema penal colombiano del principio de oportunidad para el delito de cohecho, según lo ha confirmado el mismo fiscal general, Néstor Humberto Martínez.

 

Es una de las grandes novedades de la Ley 1474 del 2011 o Estatuto Anticorrupción, en cuanto adicionó una nueva causal para la aplicación de esta figura, prevista desde el artículo 321 al 330 del Código de Procedimiento Penal.

 

Dicha causal establece que este beneficio es procedente cuando el autor o partícipe de la conducta formule la respectiva denuncia, acompañada de evidencia útil en el juicio y sirva como testigo de cargo. (Lea: La necesidad en Colombia de castigar penalmente a las empresas)

 

Ello siempre y cuando repare de manera voluntaria e integral el daño causado. Como consecuencia, el ente acusador ha condicionado su concesión al pago de una reparación integral estimada en $ 32 mil millones, cifra que ya ha sido aceptada.

 

Todo esto podría tener como finalidad que esta organización internacional no se vea tan expuesta a las medidas impartidas en la Ley contra el Soborno Transnacional (Ley 1778 del 2016), que establece, en su artículo 35, la cancelación de la personería jurídica de aquellas organizaciones que se hayan buscado beneficiar de la comisión de delitos contra el patrimonio público.

 

Y si el principio de oportunidad se ha definido como la facultad constitucional que tiene la Fiscalía para suspender, interrumpir o renunciar a la persecución penal, esto significaría que Odebrecht, en este contexto, podría no tener tantas repercusiones para poder seguir funcionando y operando en el país, so pena de la responsabilidad administrativa a que haya lugar.

 

Fiscalía General de la Nación, Comunicado, Ene. 12/17

 

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