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¿Se ha deteriorado el trato entre abogados?

07 de Marzo de 2019

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Un abogado criticó las decisiones de una jueza usando expresiones como “absurda, abusiva, arbitraria e ilegal”; otro litigante acusó a los operadores de justicia de "dejadez, intolerancia y falta de compromiso” y al finalizar una audiencia en un juzgado civil de Bogotá otro profesional del Derecho manifestó que la contraparte era un tinterillo.

 

Los casos en que litigantes y funcionarios de la Rama Judicial acuden a palabras malsonantes son cada vez más frecuentes, rozando el límite de lo dispuesto en el Código Disciplinario del Abogado, que prohíbe injuriar a la contraparte, clientes o funcionarios involucrados en un proceso. (Lea: En los últimos 25 años, han sido excluidos de la profesión 480 abogados)

 

Y es que no solo se trata de expresiones como las citadas, otros casos fallado por el Consejo Superior de la Judicatura demuestran que entre colegas se están usando expresiones que sorprenden por su nivel: “parásicóloga y adivina”, “flaquita mugrosa” y “prevaricador y extorsionista” son algunas frases que han provocado sanciones a abogados:

 

Tener reparos sobre un juzgado no autoriza a litigantes a lanzar improperios

 

Sancionan a litigante por referirse a una jueza como parasicóloga y adivina

 

Por tratar a un despacho judicial de prevaricador y extorsionista, sancionan a litigante

 

Sancionan a litigante por referirse a una jueza como ´flaquita mugrosa´

 

Censuran a abogado que presentó escrito con injurias por llamado de atención

 

Ayer, el magistrado César Augusto Reyes, durante la audiencia en la que se aprobó la conciliación entre Élvira Forero y la representante Ángela María Robledo, compulsó copias al Consejo Seccional de la Judicatura para que evalúe las expresiones usadas por el abogado de la exdirectora del ICBF contra la congresista.

 

 

Y es que el abogado Abelardo de la Espriella usó expresiones contra Robledo como mentirosa y mamerta:

 

 

Estos dichos podrían configurar una infracción al artículo 32 del Código Disciplinario del Abogado, que establece como falta contra el respeto debido a la administración de justicia y a las autoridades administrativas: “injuriar o acusar temerariamente a los servidores públicos, abogados y demás personas que intervengan en los asuntos profesionales, sin perjuicio del derecho de reprochar o denunciar, por los medios pertinentes, los delitos o las faltas cometidas por dichas personas”.

 

En su defensa, de la Espriella dice que su expresión es de uso ordinario, por lo que confía en que no será sancionado.

 

 

Bajo el entendido que este será el argumento principal de su defensa, vale recordar una decisión de la máxima autoridad disciplinaria en la que se precisó que no cualquier término inadecuado con el que se refieran los abogados a sus contrapartes o a los jueces debe considerarse como una injuria

 

En la Sentencia 11001110200020140214901, el alto tribunal dijo que, en principio y desde el punto de vista formal, para que una falta pueda ser considerada como susceptible de ser sancionada disciplinariamente debe ser antijurídica desde el punto de vista material, esto es, debe afectar el ejercicio de la función que cumple la contraparte o el funcionario judicial.

 

Independientemente de lo que se pueda interpretar de una expresión usada en el fragor de una audiencia, ya sea coloquial, injuriosa o temeraria, vale recordar que la ley y la jurisprudencia señalan que los abogados en sus actuaciones deben adoptar un comportamiento respetuoso y mesurado, a la altura de la profesión, pues los comportamientos reprochables denigran su labor y afectan de manera considerable a quienes la ejercen. (Lea: Sancionan a litigante por referirse a una jueza como ´flaquita mugrosa)

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