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Actualizado hace 4 horas | ISSN: 2805-6396

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Gobierno emitirá directrices para autorizar excepciones a prohibición de porte de armas

26 de Diciembre de 2018

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El Gobierno expidió el Decreto 2362 del 2018, con el cual autoriza la adopción de las medidas necesarias para la suspensión general de los permisos para el porte de armas en todo el territorio nacional. Así las cosas, por un año más, del 1º de enero y hasta el 31 de diciembre del 2019, se amplió la prohibición del porte de armas. (Lea: Por este término se prorrogó nuevamente prohibición de porte de armas)

 

La norma, que también fue firmada por el Ministro de la Defensa, señala que la suspensión de los permisos se hará “sin perjuicio de las autorizaciones especiales y de las excepciones correspondientes que durante estas fechas expidan” las autoridades militares por “razones de urgencia o seguridad de los titulares”.

 

Como novedad, en esta oportunidad el decreto agregó que el Ministerio de Defensa impartirá a las autoridades militares competentes los lineamientos o directrices para la expedición de las autorizaciones especiales que requieran los titulares, teniendo en cuenta entre otros factores las condiciones particulares de cada solicitud. (Lea: Buscan penalizar el porte y uso de armas blancas)

 

Mindefensa anunció que viene trabajando en la elaboración de dichos lineamientos en conjunto con las fuerzas militares.

 

 

 

 

Dicho decreto recuerda que en la Sentencia C-296 de 1995 la Corte Constitucional estudió una demanda en la que se cuestionaba el artículo 1° de la Ley 61 de 1993 y el Decreto 2535 de 1993, por crear un monopolio en cuanto al control de las armas en cabeza del Estado. En la demanda se consideraba que tal posición implicaba que los ciudadanos de bien no tuvieran la posibilidad para poderse defender.

 

En aquella ocasión, la Corte consideró que entre el control de las armas y la protección de los derechos y las libertades constitucionales, en especial la vida y la integridad personal, existe una clara relación. Así, el tribunal manifestó que es posible sostener que el porte de armas promueve la violencia, agrava las consecuencias de los enfrentamientos sociales e introduce un factor de desigualdad en las relaciones entre particulares que no pocas veces es utilizado para fortalecer poderes económicos, políticos o sociales, por eso los permisos para el porte de armas solo pueden tener lugar en casos excepcionales. (Lea: Privación del derecho al porte de armas es de 15 años y debe atenerse al sistema de cuartos)

 

Por último, se explica que la competencia del Gobierno para suspender de manera general el porte de armas fue ratificada por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-867 del 2010.

 

Si bien varios sectores políticos le habían solicitado al jefe de Estado la prórroga de la medida, esta no fue bien recibida por cuenta del parágrafo que permite a Mindefensa fijar directrices para autorizar excepciones.  

 

 

 

 

 

 

 

 

Otras medidas adoptadas

 

Es válido mencionar que la reciente Ley 1941 del 2018, que prorroga, por cuatro años más, la Ley 418 de 1997 o Ley de Orden Público, establece medidas relacionadas con las armas de fuego.

 

La norma estableció que dichos artefactos, como requisito para su comercialización, y los que hayan sido amparados en cualquier tiempo deberán ser empadronados conforme a la reglamentación que para tal fin expida el Gobierno.

 

De igual manera, creó el Registro Nacional de Identificación Balística, que estará a cargo del Ministerio de Defensa.

 

Mindefensa, Decreto 2362, Dic. 24/18.

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