Gobierno respalda tratamiento penal diferenciado para pequeños agricultores
21 de Septiembre de 2022
En medio de una sesión en la Comisión Primera del Senado, el ministro de Justicia, Néstor Osuna, confirmó que el Gobierno apoya el proyecto de ley que establece un tratamiento penal diferenciado para pequeños agricultores vinculados a cultivos ilícitos.
Según afirmó el funcionario, “el Gobierno considera que no solo es un honor la Constitución y el Acuerdo de Paz, sino que conviene comenzar a cambiar la estrategia de drogas con un hecho normativo, despenalizando la conducta de los pequeños cultivadores campesinos y personas asociadas a ellos, aquello que se ha llamado 'el eslabón más pequeño' de la cadena de producción y comercio de drogas”.
Aclarando que esta iniciativa deberá buscar que se cobije exclusivamente a pequeños campesinos, cultivadores y recolectores que estén dentro del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos Ilícitos (PNIS) y nunca a bandas del narcotráfico. (Lea: Hasta dónde aplicaría la propuesta de justicia restaurativa de Minjusticia)
Por lo que sugirió incluir una precisión explicita en la normativa en la cual se establezca que “quien no esté inscrito en el PNIS no puede ser beneficiario de ese tratamiento penal alternativo”.
“Hacerle honor a lo pactado y cumplir la Constitución, expidiendo la norma, como la que propone la bancada de Comunes. Propone un tratamiento penal alternativo, esto es extinción de la acción penal, de la pena, de la ejecución de la pena y la extinción de dominio para pequeños cultivadores que entren al programa del PNIS. Algunos ya han entrado y están a la espera de esta ley”, señaló el ministro.
El proyecto de ley al que se hace referencia es el 055/22S, presentado por el partido Comunes, el cual es planteado a raíz de lo establecido en el punto 4.1.3.4 del Acuerdo Final Paz y el artículo 5 transitorio del Acto Legislativo 01/17, que establecen la creación de una política penal alternativa para pequeños cultivadores.
Con esta iniciativa se podrá aplicar un trato penal diferenciado para tres tipos de delitos del Código Penal (artículos 375, 376 y 377), los cuales tienen que ver con tráfico, fabricación o porte de estupefacientes; destinación ilícita de bienes inmuebles y conservación y financiamiento de plantaciones. (Lea: Estos son los cambios que propone Petro a la extradición)
Opina, Comenta