Ningún asociado está obligado a aumentar su aporte si dicha obligación no se estipula expresamente
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El aumento del capital en la sociedad anónima debe realizarse mediante una reforma a los estatutos sociales, con el lleno de formalidades legales y estatutarias pertinentes; ningún asociado podrá ser obligado a modificar su aporte si tal disposición no se consagró en el contrato.