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Ningún asociado está obligado a aumentar su aporte si dicha obligación no se estipula expresamente

El aumento del capital en la sociedad anónima debe realizarse mediante una reforma a los estatutos sociales, con el lleno de formalidades legales y estatutarias pertinentes; ningún asociado podrá ser obligado a modificar su aporte si tal disposición no se consagró en el contrato.

No existe restricción legal para que las fiduciarias administren bienes de personas declaradas en interdicción

La Superintendencia Financiera recordó que todas las fiduciarias legalmente autorizadas para funcionar en el país pueden administrar los bienes productivos de las personas declaradas en interdicción cuyo valor supere los 500 salarios mínimos o cuando sea inferior pero el juez así lo considere.