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¿Debe preceder concertación entre autoridades nacionales y locales para realizar una consulta popular?

La Sección Cuarta del Consejo de Estado explicó que, con fundamento en el principio de autonomía territorial, no es requisito la concertación previa entre las referidas autoridades. Por el contrario, los mandatarios locales están facultados para acudir a mecanismos de participación ciudadana.