Pese a tener quebrantos de salud y no tener vínculo contractual suspenden a abogado por negligente
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La Sala Disciplinaria del Consejo Superior rechazó estas excusas en una reciente decisión, la cual suspende y multa a un profesional del Derecho por quebrantar el numeral 1º del artículo 37 de la Ley 1123 del 2007.