Información clave en el Día del Contador
01 de Marzo de 2019
Con ocasión del Día del Contador, ÁMBITO JURÍDICO quiere recordar algunos de los temas que pueden ser de mayor interés para estos profesionales o que resultan de utilidad para su ejercicio (en los enlaces puede ampliar la información).
Se trata de pronunciamientos, en su mayoría, del Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), de la Junta Central de Contadores (JCC) y del Consejo de Estado, relacionados con los trámites que deben adelantar, los requisitos para prestar los servicios contables, honorarios, las faltas en que incurren y precisiones legales sobre el rol de estas personas.
Nuevo diseño de la tarjeta profesional
?En el #DíaDelContador estrena el nuevo diseño de la tarjeta profesional. Conoce los requisitos en el siguiente enlace https://t.co/0AmgVM3ljk y envía los documentos al correo nuevatp@jcc.gov.co
— Junta Central de Contadores (@UAEjuntacc) February 18, 2019
En 2019 #YoEstrenoTarjeta pic.twitter.com/FqwhBdSOMX
Por medio de la Resolución 1148 del 2018, la Junta Central de Contadores estableció los valores de los trámites de inscripción por primera vez, sustitución, modificación, duplicado, expedición de tarjeta profesional de contador público y tarjeta de registro profesional de las entidades que presten servicios propios de la ciencia contable, para la vigencia 2019.
Factores para fijar los honorarios
Aunque el CTCP reconoce que no ha emitido conceptos sobre honorarios que deba cobrar un contador público y/o revisor fiscal y, así mismo, desconoce si algún organismo ha emitido tablas de honorarios obligatorias para los servicios prestados por estos profesionales, sí hizo una serie de precisiones sobre este tema en un concepto del año pasado.
Lo que se debe tener en cuenta a la hora de contratar a un contador
Con el propósito de prevenir el ejercicio ilegal de la profesión, la JCC y la Contaduría General de la Nación firmaron una circular conjunta en la que hicieron precisiones sobre aspectos que deben tener en cuenta las entidades y organismos del Estado y las entidades privadas en ejercicio de funciones públicas para la contratación de profesionales de la ciencia contable.
Servicios prestados no pueden ser indefinidos
La responsabilidad del contador público debe estar directamente alineada a las funciones que fueron definidas en el contrato, así lo indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública por medio de un concepto. Agregó que su rol implica una labor de carácter profesional que en materia de responsabilidad y ética se limita hasta la preparación de la información de manera oportuna, aplicando adecuadamente los nuevos marcos técnicos normativos en materia de información financiera.
Faltas más recurrentes de los contadores
La Junta Central de Contadores (JCC) entregó el año pasado información acerca de la ciencia contable; así, hizo referencia puntual a las sanciones impuestas a estos profesionales por parte de su tribunal disciplinario y las conductas irregulares en las que han incurrido. Según la información reportada por la JCC, la falta más sancionada durante el lapso transcurrido entre el 2011 y el primer semestre del 2018 (con corte al 30 de junio) ha sido la conducta contra la fe pública.
Certificado del contador o revisor fiscal
Si bien cuando se trata de presentar a la Dian pruebas contables serán suficientes las certificaciones de los contadores o revisores fiscales, lo cierto es que para que estos certificados sean válidos deben llevar al convencimiento del hecho que se pretende probar y sujetarse a las normas que regulan el valor probatorio de la contabilidad. Ello de conformidad con el artículo 777 del Estatuto Tributario, el cual regula que la certificación de contador público y revisor fiscal es prueba contable, precisó la Sección Cuarta del Consejo de Estado.
Cabe mencionar que el contador general, Pedro Luis Bohórquez, envió un mensaje a los profesionales para seguir construyendo una carrera en beneficio de toda la ciudadanía.
¡Feliz día! 1° de marzo #DíadelContadorPúblicoEnColombia #CGN #CuentasClarasEstadoTransparente #ContaduríaGeneralDeLaNación https://t.co/GwjYcTOWtV vía @YouTube
— Contaduria General (@Contaduria_CGN) March 1, 2019
El CTCP también compartió un mensaje para los contadores.
En nombre del CTCP, feliz Día del Contador Público. https://t.co/EjL7fUyVxp
— @CTCP (@CTCP_) March 1, 2019
Otros temas de relevancia
No existe disposición legal que obligue a los contadores públicos a realizar una certificación en NIIF y el hecho de no tenerla tampoco impide su ejercicio profesional. No obstante, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, es deber de los contadores cumplir las normas de ética profesional y, particularmente, mantener sus competencias y actualización profesional.
Cuando un contador público haya actuado como revisor fiscal, teniendo en cuenta las características especiales de este encargo, específicamente las relacionadas con las funciones de fiscalización, que generan un mayor riesgo frente a la existencia de amenazas que pueden comprometer el cumplimiento de los principios fundamentales por parte de este profesional, para la aceptación del encargo como auditor externo se debe cumplir el requisito establecido en el artículo 48 de la Ley 43 de 1990, es decir, el plazo de un año desde la fecha de renuncia o retiro como revisor fiscal.
Y finalmente, sobre el remplazo del revisor fiscal el CTCP dice que si los estatutos sociales no prevén expresamente un término dentro del cual proveerse el remplazo los órganos sociales encargados de hacer el nombramiento deberán producirlo dentro del plazo de 30 días, contados a partir del momento de la renuncia.
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