Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Dian aclara condiciones para habilitar ‘software’ de facturación electrónica propio o comprado

Solo los programas que aprueben validaciones podrán ser usados en facturación electrónica.

Openx [71](300x120)

251381

15 de Septiembre de 2025

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) emitió un concepto que se adiciona al Concepto 0106/22 sobre la obligación de facturar y el sistema de factura electrónica. La decisión aclara los requisitos que deben cumplir los software propios o adquiridos para que los facturadores electrónicos puedan habilitarse en el sistema, conforme al artículo 28 de la Resolución 000165/23.

El documento explica que el desarrollo informático propio es aquel creado directamente por el facturador, mientras que el adquirido corresponde al software comprado a un tercero. Ambos deben cumplir las condiciones técnicas y tecnológicas previstas en los anexos de factura electrónica para garantizar la generación, transmisión, validación y expedición de los documentos exigidos por la Dian. (Lea: Dian aclara procedimiento para corregir declaraciones tributarias)

Dentro del procedimiento de habilitación los facturadores electrónicos o proveedores tecnológicos deben demostrar en el ambiente de producción en habilitación que su software cumple las pruebas de validación. Este proceso incluye la presentación de funcionalidades como la emisión de notas débito, notas crédito y otros instrumentos electrónicos, asegurando la interoperabilidad de los documentos y el cumplimiento de las reglas de validación.

La Dian subraya que los requisitos para los software de facturación electrónica no equivalen a los que deben acreditar las personas jurídicas que aspiren a ser proveedores tecnológicos. Solo los programas que superen la etapa de pruebas podrán ser utilizados para cumplir la obligación formal de facturar, de acuerdo con las normas vigentes. 

Siga nuestro nuevo canal de WhatsApp.

Gracias por leernos. Recuerde que si es suscriptor puede descargar el archivo soporte de esta noticia haciendo clic en el botón azul. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, los datos identificadores y los documentos sin límites.

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)