Todo lo que debe saber un abogado sobre el grado de consulta en materia disciplinaria (7:46 a.m.)
29 de Diciembre de 2017
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Nota:
58933
Una providencia del Consejo Superior de la Judicatura explica, con profundidad, la institución de la consulta, la cual tiene por objeto garantizar los derechos fundamentales del procesado y velar por una pronta y eficaz administración de justicia. De ahí que este trámite está instituido en el Derecho Disciplinario para proteger el interés público, el ordenamiento jurídico y la eficiencia de la función administrativa. Con todo, el superior funcional verifica que la actuación y la decisión que se revisan correspondan a los presupuestos fácticos y jurídicos de la investigación. Es importante tener en cuenta que no es un recurso, sino que, por el contrario, es un grado de jurisdicción creado por la ley para revisar las decisiones de primera instancia que adolecen de algunos yerros que deben ser corregidos. En este orden de ideas, el funcionario está facultado para estudiar no solo los aspectos formales de la sentencia, sino que, además, puede y debe verificar los aspectos sustanciales de la providencia y del proceso. De allí que si el operador judicial observa que en las diligencias se desconocieron principios constitucionales del proceso, tal y como lo es contribuir a la realización de derechos subjetivos y fortalecer la obtención de una verdadera justicia material, debe declarar la nulidad, para que se rehaga la actuación con observancia de los mencionados principios (M.P. Magda Acosta).
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