Suspenden a abogado cinco años por utilizar documentos falsos en procesos ejecutivos laborales (11:10 a.m.)
03 de Abril de 2017
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Nota:
54544
Una decisión reciente de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó el fallo en el que se suspende por cinco años del ejercicio de la profesión a un abogado declarado responsable de cometer la falta descrita en el numeral 11 del artículo 33 de la Ley 1123 del 2007, a título de dolo. Dicha falta se configura por usar pruebas o poderes falsos, desfigurar, amañar o tergiversar las pruebas o poderes con el propósito de hacerlos valer en actuaciones judiciales o administrativas. El disciplinable asumió la representación en tres procesos ejecutivos laborales y con radicados adelantados en el Juzgado Promiscuo del Circuito de Planeta Rica (Córdoba), en los cuales obró como apoderado de los demandantes utilizando como documentos, soportes y anexos que revestían la característica de falsos e ilegales. Lo anterior con el propósito de hacerlos valer dentro de las actuaciones judiciales. Según el concepto del Sala, se evidenció un obrar antijurídico, como quiera que fue el disciplinado quien inició las acciones ejecutivas con soportes falsos, consistentes en poderes y resoluciones que no cumplían con los requisitos legales para su ejecución, en las cuales, inclusive, consiguió que se profiriera mandamiento de pago (M.P. Pedro Alonso Sanabria).
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