Sentencia Superindustria y ComercioInformación acerca de la oportunidad en la prestación de un servicio hace parte de la efectividad de la garantía (4:46 p.m.)
23 de Diciembre de 2016
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Nota:
53462
La efectividad de la garantía no solo se suscribe a la calidad del objeto vendido o del servicio prestado, sino también al cumplimiento de los términos y condiciones pactados desde el momento mismo en que se realizó el contrato, dentro de los cuales está la oportunidad en la entrega del bien o en la prestación del servicio, pues la no entrega o prestación, inclusive la simple dilación, vulnera los intereses legítimos de los consumidores, en la medida en que no ven colmadas sus expectativas ni satisfechas las necesidades para las cuales se efectuó la compra, recordó la Superintendencia de Industria y Comercio. En el caso bajo análisis, la entidad consideró que fueron vulnerados los derechos del consumidor, en los términos del artículo 23 de la Ley 1480 del 2011 (Estatuto del Consumidor), según el cual es deber de los proveedores y productores suministrar a los consumidores información clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea sobre los productos ofrecidos, por no brindar información suficiente acerca de la cancelación de un evento.
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