Reiteran que no todas las conductas punibles pueden ser conocidas por la Jurisdicción Indígena por el hecho de ser miembros de dichas comunidades (11:15 a.m.)
01 de Febrero de 2012
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Nota:
78836
El Consejo Superior de la Judicatura reiteró que la jurisdicción indígena fue creada para mantener la identidad, costumbres y tradiciones de esas comunidades. Por tal razón, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria asignó al Juzgado Primero Promiscuo del Circuito con Funciones de Conocimiento de Puerto Asís (Putumayo) la investigación de un indígena perteneciente a la comunidad Inkal Awa, quien fue sorprendido portando estupefacientes y pretendía ser juzgado por su comunidad. Según la Sala, esta conducta punible, por su misma naturaleza, no puede tener ninguna protección fundada en la condición de indígena (M. P. Ovidio Claros Polanco).
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