No puede concederse el incentivo económico a los actores populares: Corte Suprema (12:10 p.m.)
20 de Octubre de 2011
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Nota:
76785
La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia estuvo de acuerdo con negar el pago del incentivo económico a los actores populares, establecido en los artículos 39 y 40 de la Ley 472 de 1998. A su juicio, como estas normas fueron derogadas por la Ley 1425 del 2010, las sentencias que se profieren en su vigencia no pueden reconocer ese pago. El alto tribunal acogió los argumentos planteados en una sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, con los que se explicaba que dada la naturaleza sancionatoria del incentivo, su aplicación debe respetar el principio que refiere la aplicación de la ley más favorable o permisiva al sancionado (M.P. Pedro Octavio Munar Cadena).
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