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Actualizado hace 13 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Procesal


Multan a un juez civil por no fallar un incidente de desacato (9:18 a.m)

09 de Agosto de 2017

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Nota:
56416
El Consejo Superior de la Judicatura confirmó una sentencia que sanciona a un juez civil municipal con multa por la vulneración de los deberes consagrados en los numerales 1° y 15 del artículo 153 de la Ley 270 de 1996, en concordancia con el artículo 52 (desacato) del Decreto 2591 de 1991, a título de culpa gravísima. Ello, reseña la providencia, “por el hecho de haber demorado y no haber fallado el incidente de desacato incoado por un accionante al que se le había vulnerado su derecho fundamental a la salud por parte de una EPS”. Vale la pena finalizar diciendo que en la dosificación de la sanción, es decir, la multa de un mes salario, se tuvo en cuenta la gravedad de la falta a título de culpa gravísima, la jerarquía del servidor público y la trascendencia social de la falta, que genera desconfianza en la comunidad por la tardanza para resolver los asuntos con la celeridad requerida (M. P. Magda Victoria Acosta).

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