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Actualizado hace 7 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Procesal


Excluyen a promotor de lista de auxiliares de la justicia del régimen de insolvencia empresarial (8:50 a.m.)

17 de Enero de 2017

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Nota:
53627
La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó la sanción de exclusión de la lista de auxiliares de la justicia del régimen de insolvencia empresarial a un promotor por la comisión de la falta prevista en el literal i) del numeral 4° del artículo 9º del Código de Procedimiento Civil. Esta falta se configura cuando el disciplinable, sin justa causa, no acepta o no ejerce el cargo para el que fue designado. Según cuenta el expediente, el Juzgado Sexto Civil del Circuito de Bucaramanga compulsó copias para que se investigara la conducta de un colaborador de la justicia, el cual había sido asignado a un proceso de reorganización empresarial como promotor y una vez posesionado no cumplió con el encargo. Para la Sala, este hecho indica que efectivamente incumplió el deber para el cual se había comprometido, que era entregar el dictamen de gradación de los créditos y el derecho a voto dentro del proceso, “situación que no realizó ni aún en la prorroga que le concedió el juez para adelantarla”. Vale la pena decir que al no presentar ningún tipo de argumento frente a esta situación el juzgado decidió relevarlo del cargo. El alto tribunal concluyó que “el hecho de comprometerse a adelantar una labor y no ejercerla o dejarla al garete muestra que no solo incumplió con el cometido de realizar la graduación de los créditos, sino que denotó su desidia y desinterés en la misma” (M. P. Ovidio Claros).

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