Excluyen de la profesión a abogada por ser negligente, engañar y quedarse con dineros (11:34 a.m)
29 de Agosto de 2017
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Nota:
56667
Una sentencia del Consejo Superior de la Judicatura confirmó la exclusión del ejercicio profesional de una litigante que luego de recibir poder para representar a una pareja en el proceso de solicitud de ‘Hogar Amigo’ sobre un menor no emprendió ninguna labor para darle cumplimiento. Esto por hacer prevaler su interés particular sobre el de su poderdante, logrando de forma indebida el pago de unos honorarios, enriqueciéndose de forma injustificada y afectando derechos fundamentales de su cliente y lesionando sus expectativas; además de ello, agrega el fallo, “se determinó el desdén y la negligencia con que actuó”. De ahí que todas estas circunstancias para la Sala Disciplinaria revistieron extrema gravedad al implicar no solo el quebrantamiento de deberes como la honestidad, el decoro y la diligencia, sino además la buena fe y el respeto con que deben ser tratadas las personas que han acudido a un profesional de Derecho para que vele por sus intereses de justicia (M. P. Fidalgo Javier Estupiñán).
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