Acogen recomendaciones de la CIDH sobre destitución de Gustavo Petro (2:35 p.m.)
16 de Noviembre de 2017
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El Consejo de Estado declaró la nulidad de la sanción de destitución e inhabilidad para ejercer cargos públicos por 15 años que le impuso la Procuraduría General de la Nación, en diciembre del 2013, a Gustavo Petro Urrego, exalcalde de Bogotá. Según la investigación del Ministerio Público, el burgomaestre fue responsable de cometer tres faltas catalogadas como gravísimas, luego de violar, supuestamente, el principio constitucional de libertad de empresa, al ordenar el cambio en el modelo de recolección de basuras e impedir que otros operadores, distintos a las entidades del Distrito Capital, prestaran en igualdad de condiciones el servicio público de aseo. La decisión fue adoptada por la Sala Plena después de acoger las recomendaciones que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) le hizo al Estado colombiano en el caso del exmandatario de la capital, en marzo del 2014, en el sentido de que la sanción de destitución e inhabilidad impuesta no la puede adoptar un organismo de tipo administrativo. En este sentido, la alta corporación judicial exhortó al Gobierno Nacional y al Congreso de la República para que en un término de dos años adecúen la legislación interna con el mandato de la CIDH. La ponencia de la decisión estuvo a cargo del consejero César Palomino Cortés.
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