Sala Penal explica su doctrina de valoración de la prueba testimonial (11:45 a.m.)
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02 de Abril de 2019
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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia explicó su doctrina frente a la valoración de la prueba testimonial al resolver un recurso de casación. Al respecto indicó que su jurisprudencia ha sido abundante con el fin de que el sentenciador, al momento de dirimir el conflicto, no incurra en errores frente a la ponderación que debe hacer de los datos suministrados a través de este medio probatorio. De igual forma, indicó que esta labor debe ser desarrollada siguiendo los criterios previstos en el artículo 404 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 del 2004), el cual establece que en el ejercicio de apreciación del testimonio deben ser atendidos los principios técnico-científicos sobre la percepción y la memoria, especialmente lo relativo a la naturaleza del objeto percibido; al estado de sanidad de los sentidos por los cuales se tuvo la percepción; las circunstancias de lugar, tiempo y modo en que se percibió; los procesos de rememoración; el comportamiento del testigo durante el testimonio y el contrainterrogatorio; la forma de sus respuestas y su personalidad. Conozca otras precisiones en el documento adjunto (M.P. José Francisco Acuña Vizcaya)
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