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Juez no puede fijarse únicamente en la cantidad de testigos que apoyan tesis de la Fiscalía o la defensa

Es posible que un único testigo pueda sustentar un fallo de condena, siempre y cuando su exposición de los hechos cumpla con varias exigencias, explicó la Sala Penal.

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02 de Agosto de 2019

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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia precisó, con base en el artículo 404 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 del 2004), que en el ejercicio de apreciación de un testimonio deben ser atendidos los principios técnico-científicos sobre la percepción y la memoria. (Lea: Pruebas de actuación disciplinaria no poseen por sí solas atributos para ingresar automáticamente a juicio oral)

 

Lo anterior está especialmente relacionado con la naturaleza del objeto percibido; el estado de sanidad de los sentidos por los cuales se tuvo la percepción; las circunstancias de lugar, tiempo y modo en que se percibió; los procesos de rememoración; el comportamiento del testigo durante el testimonio y el contrainterrogatorio; la forma de sus respuestas y su personalidad.

 

Este fallo asegura que el juez, al valorar la fiabilidad del testigo, debe considerar criterios como:

 

  1. La ausencia de interés de mentir o la presencia de un motivo para hacerlo.

     
  2. Las condiciones subjetivas, físicas y mentales del declarante para recordar lo percibido.

     
  3. La posibilidad de haber percibido los hechos.

     
  4. La coherencia de su discurso.

     
  5. La correspondencia con otros datos objetivos comprobables.

     
  6.  La verificación de los asertos con distintos elementos de prueba.

     
  7. La intención en la comparecencia procesal, entre otros.

 

En ese orden, el fallador penal no puede fijarse sólo en la cantidad de testigos que apoyan la tesis de la Fiscalía o de la defensa, toda vez que “los testigos no se cuentan, sino que se pesan”.

 

Entonces, lo importante no es el número de personas que concurran a afirmar o infirmar un hecho, sino la coherencia y corroboración con las demás pruebas de cada testimonio. (Lea: ¿Cuáles aspectos deben analizarse ante dos versiones diferentes de un mismo testigo?)

 

Finalmente, la Corporación enfatizó que es posible que un único testigo pueda sustentar un fallo de condena, siempre y cuando su exposición de los hechos sea lógica, unívoca, coherente y esté corroborada con las demás evidencias acopiadas en el debate probatorio (M. P. Luis Antonio Hernández Barbosa).

 

Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Sentencia SP-27462019 (51258), Jul. 17/19.

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