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Esta es la diferencia que existe entre el estado de indefensión y el de inferioridad

Una providencia de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia explica la principal diferencia respecto a estos dos estados.

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14 de Mayo de 2019

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En relación a los grados de mayor o menor punibilidad, una providencia de la Corte Suprema de Justicia recordó que la ley penal hace referencia a cuatro situaciones disímiles:

 

(I)                 Se puso a la víctima en situación de indefensión.

 

(II)               Se la puso en situación de inferioridad.

 

(III)             La víctima se encontraba en situación de indefensión, la cual fue aprovechada por el agente activo.

 

(IV)             El procesado se aprovechó de la situación de inferioridad en que se encontraba la víctima.

 

Teniendo en cuenta lo anterior, la Sala Penal explicó la principal diferencia respecto a estos dos estados. (Lea: Si una mujer consiente encuentro con un hombre no significa que acepta una relación sexual)

 

La indefensión comporta falta de defensa (acción y efecto de defenderse, esto es, de ampararse, protegerse, librarse).

 

Vale aclarar que una situación es que el agresor haya puesto a la víctima (colocarla, disponerla en un lugar o grado) en esas condiciones y otra diferente a que la víctima por sus propias acciones se hubiese puesto en esa situación, de la cual el agente activo se aprovecha (le saca provecho, utiliza en su beneficio esa circunstancia).

 

Por su parte, la inferioridad es una cualidad de inferior, esto es, que una persona está debajo de otra o más bajo que ella, que es menos que otra en calidad o cantidad, que está sujeta o subordinada a otra. (Lea: ¿Cuándo se tipifica la conducta de violencia intrafamiliar?)

 

Esto quiere decir que no equivale a lo mismo que una persona haya sido puesta en condiciones de inferioridad por el agresor o que, estándolo por sus propios medios, el agente hubiese sacado provecho de tal circunstancia (M. P. Eyder Patiño Cabrera).

 

Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Sentencia SP-6202019 (48976), Feb. 27/19.

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