Pasar al contenido principal
20 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 7 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Penal


¿Cómo se determina la relevancia jurídica de los hechos para la legalidad del acto de acusación?

20 de Diciembre de 2018

Reproducir
Nota:
37012
Imagen
juez-justicia-derechoshut-1509241647.jpg

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia recordó que los hechos jurídicamente relevantes son los que corresponden al presupuesto fáctico previsto por el legislador en las respectivas normas penales.  (Lea: Diferencie los hechos jurídicamente relevantes de los hechos indicadores y los medios de prueba)

 

Puntualmente, los artículos 288 y 337 de la Ley 906 del 2004, que regulan el contenido de la imputación y de la acusación, respectivamente, disponen que en ambos escenarios de la actuación penal la Fiscalía debe hacer “una relación clara y sucinta de los hechos jurídicamente relevantes”.

 

Así, por ejemplo, si se avizora una hipótesis de coautoría, en los términos del artículo 29 del Código Penal, se debe consultar el desarrollo doctrinario y jurisprudencial de esta figura, en orden a poder diferenciarla de la complicidad, del favorecimiento, entre otros. (Lea: Conozca las precisiones de la Sala Penal sobre la prueba de referencia)

 

De manera que la relevancia jurídica de los hechos, de cara a asegurar la legalidad del acto de acusación, está supeditada a su correspondencia con el supuesto fáctico de la proposición jurídica sustancial. (Lea: Hechos jurídicamente relevantes no pueden ser suplidos por hechos indicadores y/o medios de prueba)

 

El artículo 250 de la Constitución Política establece que la Fiscalía está facultada para investigar los hechos que “revistan las características de un delito”; el artículo 287 de la Ley 906 del 2004 indica que la imputación es procedente cuando de los elementos materiales probatorios, evidencia física o de la información legalmente obtenida se pueda inferir razonablemente que el imputado “es autor o partícipe del delito que se investiga” (M. P. Patricia Salazar).

 

Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Sentencia SP-30822018 (46050), 01/08/18.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)