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Pensionados por fondo privado pueden reclamar indemnización si hubo desinformación en la afiliación

Para reclamar perjuicios primero debe presentarse una solicitud al fondo y si es negada, llevar el caso ante un juez con representación legal.

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07 de Julio de 2025

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Las personas que se encuentran pensionadas por un fondo privado pueden solicitar un pago por perjuicios si consideran que hubo falta de información al momento de su afiliación o reconocimiento de la pensión.

Para iniciar este proceso deben presentar una reclamación ante el fondo privado, detallando sus datos de contacto. Si reciben una respuesta negativa tienen la opción de acudir ante un juez para que evalúe el caso. (Lea: Colpensiones no puede imponer barreras y negar corrección de historia laboral para reconocer pensión)

El trámite judicial comienza con la presentación de la solicitud y la respuesta del fondo, quien tiene un plazo de 10 días hábiles para contestar. Posteriormente, el juez programa una audiencia y emite una decisión sobre la existencia de perjuicios. En caso de un fallo desfavorable, el pensionado puede presentar una objeción para que un juez superior analice nuevamente la demanda y las pruebas.

Este tipo de reclamaciones aplica solo si se cumplen ciertos requisitos, como haber estado inicialmente afiliado al fondo público, contar con cotizaciones superiores a un salario mínimo y tener menos de tres años de haberse pensionado. Además, es necesario demostrar que hubo una falta de información clara y suficiente por parte del fondo privado sobre los beneficios esperados. También debe existir una diferencia negativa entre la pensión actual y la que se habría recibido en el régimen público.

La contratación de un abogado es obligatoria si la solicitud supera los 20 salarios mínimos legales vigentes, lo que implica un costo adicional para el solicitante. Si la decisión judicial es favorable, el fondo privado cuenta con un plazo de cuatro meses para efectuar el pago de la indemnización correspondiente por los perjuicios sufridos.

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