No es coherente afirmar que una norma fue aplicada indebidamente e interpretada erróneamente
13 de Diciembre de 2018
Es incoherente afirmar que una norma simultáneamente fue aplicada indebidamente e interpretada erróneamente, en tanto son modalidades diferentes de violación de la ley sustancial. Así lo precisó la Sala Laboral de Descongestión de la Corte Suprema de Justicia, con base en la jurisprudencia de la corporación. (Lea: Estas son las modalidades para argumentar violación de la ley sustantiva)
Precisamente, indicó que una de las características más notables de la infracción de la ley por aplicación indebida es que el juzgador si bien entiende rectamente la norma, la aplica a un hecho o a una situación no prevista o regulada por ella o le hace producir efectos distintos a los contemplados por el legislador.
Caso contrario ocurre con la interpretación errónea, la cual se produce cuando el fallador comete un error en cuanto al contenido del precepto legal por desconocimiento de los principios interpretativos, desviándose del cabal y genuino sentido de la disposición. (Lea: ¿Deficiencia por no señalar modalidad de violación de la ley en casación es superable?)
Excluyentes
Acorde con una providencia del 2017, el fallo explicó que las modalidades mencionadas cuando están formuladas en el mismo cargo y ante las mismas disposiciones son excluyentes entre sí, pues las normas o son desconocidas o han sido interpretadas con error, pues no pueden ser vulneradas de forma concomitante desde esas dos ópticas. (Lea: ¿Cuáles son los requisitos mínimos para que sea admitida la casación laboral?)
Lo anterior en tanto la primera implica que el juzgador evitó las normas y la segunda, por su parte, lleva implícita la utilización de estas, pero bajo una hermenéutica que no corresponde a su genuino sentir (M. P. Carlos Arturo Guarín Jurado, magistrado de descongestión).
Corte Suprema de Justicia, Sala Laboral, Sentencia SL-50942018 (61449), Nov. 14/18
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