15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

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A sanción presidencial medidas contra el acoso sexual

04 de Abril de 2024

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La plenaria de la Cámara de Representantes aprobó, en último debate, con 100 votos a favor y ninguno en contra, el proyecto de ley 101/22S-332/22C, que establece nuevas herramientas para enfrentar el acoso sexual en el trabajo y en instituciones educativas del país.

Con esta nueva ley se busca una mayor protección y atención de las denuncias. Asimismo, las víctimas de acoso sexual podrán pedir traslados de área para no trabajar con su victimario, ni tener ninguna interacción con él.

“Las víctimas tendrán la posibilidad de trabajar desde su casa y gozar de estabilidad laboral reforzada por lo menos seis meses, periodo durante el cual la denunciante no podrá ser despedida sin autorización de un inspector de trabajo. Cuando ocurran estas denuncias, quien deberá probar su inocencia es el investigado por acoso sexual”, explicó la representante ponente, Alexandra Vásquez.

Por otro lado, las ARL deberán hacer pedagogía de cuándo se configura el acoso sexual laboral y los empleadores deberán tener rutas para la prevención y atención de las denuncias que les llegan, por lo que serán responsables de esos casos cuando no los implementen. (Lea: Estas son las medidas contra el acoso en la Rama Judicial)

“El acoso sexual en el trabajo o en las instituciones educativas ocurre cuando hay actos físicos o verbales que se convierten en persecución, hostigamiento o asedio sexual, que se dan en medio de relaciones de poder que existen en el contexto laboral o educativo, por ejemplo entre empleados y sus jefes o entre estudiantes y profesores”, comentó la congresista Martha Alfonso, también ponente del proyecto.

Finalmente, las congresistas resaltaron que si bien en Colombia existe una ley contra el acoso laboral, se queda corta porque no tiene un enfoque hacia el acoso sexual, debido a que no hay medidas de reparación a las víctimas y sus denuncias terminan siendo invisibilizadas y tratadas como un asunto privado y personal que no le compete a la empresa.

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