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Así aplica la prohibición de despido por fuero de paternidad antes de la Sentencia C-517/24

La empresa, en ejercicio de su autonomía privada, podía válidamente terminar el vínculo laboral sin justa causa.

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26 de Agosto de 2025

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A través de la Sentencia C-517/24, la Corte Constitucional declaró inexequibles las expresiones “y no tenga un empleo formal”, así como “y una declaración, que se entiende presentada bajo la gravedad del juramento, de que ella carece de un empleo”, contenidas en el numeral 5 del artículo 239 del Código Sustantivo del Trabajo, adicionado por el artículo 1 de la Ley 2141 del 2021. Por lo tanto, la prohibición de despido por fuero de paternidad no se condiciona a que el trabajador presente una declaración en la que informe que su cónyuge, pareja o compañera permanente carece de empleo formal. 

Sin embargo, en casos en que la terminación del vínculo ocurrió antes de ese fallo, para comprobar si se activó el fuero, era necesario determinar si el trabajador había presentado al empleador la declaración sobre la ausencia de empleo formal de pareja en embarazo. (Lea: Ordenan pagar indemnización de 60 días de trabajo por despido sin respetar fuero de paternidad)

El alto tribunal analizó una tutela en la que la garantía del fuero de paternidad debía examinarse a partir de los requisitos de la norma vigente para el momento del despido, lo cual ocurrió antes de que se profiriera el fallo mencionado, es decir, si el trabajador había notificado al empleador el estado de embarazo de su compañera permanente, presentado una declaración juramentada de que ella no tenía empleo formal y allegado prueba que acreditara dicho estado.

En efecto, se comprobó que el accionante no gozaba de la protección de estabilidad laboral reforzada por fuero de paternidad, pues aunque notificó al empleador del estado de embarazo de su compañera permanente, omitió allegar prueba que demostrara dicha condición y no presentó declaración sobre la falta de empleo formal de su pareja.

El incumplimiento de estos requisitos legales impidió que se activara la prohibición de despido por fuero de paternidad, razón por la cual la empresa accionada, en ejercicio de su autonomía privada y de las facultades atribuidas por la ley para cumplir su objeto social, podía válidamente terminar el vínculo laboral sin justa causa, sin necesidad de obtener autorización del Ministerio del Trabajo (M. P. Miguel Polo Rosero).

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