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Actualizado hace 18 hours | ISSN: 2805-6396

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Inaplican acuerdo que no obligaba a las Fuerzas Militares y a la Policía a suministrar pañales gratuitos

01 de Octubre de 2021

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Previamente, el Tribunal Administrativo del Atlántico, al tutelar varios derechos fundamentales, explicó la procedencia de inaplicar por inconstitucional el acuerdo del Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, que excluye los pañales desechables del Plan de Beneficios de Salud (PBS), es decir, no los obligaba a suministrarlos gratuitamente.

 

Esta decisión de inaplicar la norma que regulaba los beneficios para los afiliados al Sistema de Salud de estas instituciones fue confirmada por la Sección Tercera del Consejo de Estado, debido a que en él no se contempla la obligación de suministrar pañales de forma gratuita a los afiliados que no tengan recursos económicos suficientes para sufragarlos.

Así las cosas, la corporación resolvió una tutela que protege los derechos fundamentales de un militar (r) de 81 años de edad que, gracias a esta decisión, deberá recibir esta provisión en las cantidades y frecuencia determinadas por su médico tratante. (Lea: Unifican reglas para acceder a servicios o tecnologías en salud como pañales, pañitos y sillas de ruedas)

Según su criterio, en casos como este no se puede atender lo dispuesto en el acuerdo y se debe hacer el suministro de los pañales, aunque no esté autorizado por el acto administrativo, teniendo en cuenta la situación de la víctima, esto es que no cuenta con los recursos suficientes para atender el gasto generado por la adquisición de estos elementos.

https://twitter.com/consejodeestado/status/1443692054635323396?s=20

Cabe precisar que esta situación se encuentra dentro de las circunstancias que, según la Corte Constitucional, ameritan que el sistema de salud deba financiar la entrega de los pañales. Entonces, la Nación – Ministerio de Defensa Nacional – Ejército Nacional, Dirección de Sanidad Militar deben sufragar los gastos para adquirir y suministrar los elementos. (Lea: Conozca las reglas para acceder a insumos excluidos del plan de beneficios en salud)

Finalmente recordó que, acorde con la jurisprudencia constitucional, los presuntos responsables de la violación de derechos fundamentales son a quienes les corresponde probar que no lo están haciendo y no a la parte actora (C. P. María Adriana Marín).

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