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03 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 4 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Hacen modificaciones en la cobertura a la tasa de interés aplicable a la adquisición de vivienda de interés social

20 de Agosto de 2021

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Nota:
130847

El Ministerio de Vivienda modificó el Decreto 1077 del 2015 en lo relacionado con la cobertura a la tasa de interés aplicable a la adquisición de vivienda de interés social.

 

Explica la entidad que se requiere reglamentar el ofrecimiento de coberturas de tasas de interés a los deudores de crédito de vivienda que otorguen las cajas de compensación familiar y las entidades de economía solidaria vigiladas por la Superintendencia de la Economía Solidaria, para la adquisición de vivienda VIS, en virtud de lo dispuesto en el parágrafo 3 del artículo 26 de la Ley 1469 del 2011, modificado por el artículo 48 de la Ley 2079 del 2021.

 

Por otra parte, hace ajustes generales a las condiciones de ejecución de los programas de cobertura de la tasa, con el fin de optimizar los tiempos y recursos asociados al trámite de restitución de coberturas al Tesoro Nacional.

 

Por ejemplo, los subsidios cuya asignación haya sido solicitada por los establecimientos de crédito las entidades de economía solidaria vigiladas por la Supersolidaria o las cajas de compensación familiar, a través del sistema establecido para el efecto, serán asignados de acuerdo con el valor señalado en la norma vigente al momento de la solicitud, sin que haya lugar a la realización de ajustes o incrementos posteriores por parte de Fonvivienda.

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