Fallos de tutela no seleccionados para revisión por la Corte Constitucional hacen tránsito a cosa juzgada (1:32 p.m.)
06 de Julio de 2010
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Nota:
67299
El valor jurídico que tienen las decisiones de tutela no permite que este mecanismo se utilice contra fallos de tutela, pues estos adquieren el carácter de cosa juzgada y son inamovibles luego que se decide no escoger el caso en la sala de selección de la Corte Constitucional. El único que procedería es el excepcional recurso de nulidad, si se cumplen los requisitos previstos para su viabilidad. Así lo señaló el alto tribunal al declarar la improcedencia de una tutela interpuesta contra un fallo de la misma categoría fallado por el Juzgado 66 Municipal de Bogotá, pese a que ya la revisión de un fallo anterior con los mismos argumentos y contra la misma decisión había sido rechazada dentro de la selección del alto tribunal. La Sala Sexta de Revisión compulsó copias al Consejo Superior de la Judicatura para que se investigue la actuación del juez que ordenó dictar nueva sentencia al respecto (M. P. Nilson Pinilla Pinilla).
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