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EXTRA: Consejo de Estado suspendió decreto de Petro que convoca a consulta popular

La norma fue expedida sin el concepto previo favorable del Senado de la República, dice la Sección Quinta.

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EXTRA: Petro firmó decreto convocando a consulta popular

18 de Junio de 2025

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La Sección Quinta del Consejo de estado admitió la demanda que pide la nulidad del Decreto 639/25, que convocó a una consulta popular para promover la reforma laboral del Gobierno Petro. (Lea: Petro detalló argumentos legales para convocar consulta popular sin aprobación del Congreso)

Consideró que es un acto de contenido electoral proferido por una autoridad del orden nacional que desarrolla un mecanismo de participación ciudadana y por eso tiene competencia de control. (Lea: VIDEOCOLUMNA: ¿Es viable la consulta popular por decreto?)

Como medida cautelar se admitió la solicitud del demandante y suspendió los efectos jurídicos de la norma, al advertir que fue expedida sin el concepto previo favorable del Senado de la República, en los términos previstos en el artículo 104 de la Constitución. (Lea: EXTRA: Petro firmó decreto convocando a consulta popular)

La providencia dice que “de la lectura de los artículos 104 de la Constitución Política y 50 y 31 b) de las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015, respectivamente, se concluye la exigencia de que, previo a convocar al pueblo una decisión de trascendencia nacional, se requiere concepto favorable del Senado de la República, el cual, en efecto, en este preciso caso no existe”. (Lea: Consulta popular sí puede ser decretada por el presidente: Eduardo Montealegre)

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