EPS deben informar a la mujer embarazada sobre posibilidad de presentar un plan de parto
La mujer debe conocer beneficios y riesgos de los procedimientos para poder tomar una decisión libre e informada.
21 de Mayo de 2025
El plan de parto previsto en la Ley 2244 del 2022 (Ley de Parto Digno), documento mediante el cual la mujer embarazada manifiesta al personal médico sus necesidades, preferencias y expectativas respecto a la atención de su parto, no releva del deber de suministrar información ni remplaza el consentimiento informado para cada uno de los procedimientos que pudieran tener lugar en las diferentes etapas del embarazo, parto y posparto.
Así las cosas, precisó la Corte Constitucional, se convierte en un instrumento valioso para garantizar el derecho a la autonomía o libre determinación de la mujer. No obstante, para su verdadera eficacia es necesario que ella cuente previamente con información relevante sobre los servicios o procedimientos médicos relacionados con la atención. (Lea: Esto establece la Ley de parto digno, respetado y humanizado)
El alto tribunal conoció una tutela interpuesta por una mujer en avanzado estado de embarazo en contra de una EPS. La accionante manifestó que al informar su deseo de dar a luz mediante cesárea el personal sanitario le indicó que debía dar a luz mediante parto vaginal porque su hija estaba bien acomodada para el nacimiento y que, en caso de desear cesárea, este procedimiento debía pagarse de manera particular.
Daño consumado
En cumplimiento del fallo de tutela de única instancia, la accionada remitió a la accionante a valoración por ginecología, en donde fue informada sobre los riesgos de la cesárea, los que manifestó aceptar y, además, programó y realizó el procedimiento, sin que se le exigiera asumir el costo. Aunque se logró la satisfacción de las pretensiones, no se debió a una actuación voluntaria de la EPS, por lo que se configuró carencia actual de objeto por daño consumado.
La accionante no recibió información sobre su derecho a presentar un plan de parto y, además, se le generó una preocupación innecesaria sobre tener que asumir el costo de la cesárea. Se reprocha que el personal sanitario no le hubiera informado sobre la posibilidad de someterse a una cesárea, aun cuando el parto fisiológico fuera viable, beneficios y riesgos, para que pudiera ejercer su libre determinación de manera informada, además de informarle sobre su derecho a presentar un plan de parto.
La Sala llamó la atención a la EPS accionada para que capacite a su personal en cuanto a informar a las pacientes sobre la posibilidad de presentar un plan de parto y para que cuando la mujer en gestación manifieste a sus profesionales adscritos la intención de someterse a una cesárea, a pesar de ser viable médicamente el parto fisiológico, le informen sobre los beneficios y riesgos de ambos procedimientos a fin de que ella pueda tomar una decisión libre e informada (M. P. Cristina Pardo Schlesinger).
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