Congreso
Gobierno presenta reforma para aumentar el recaudo por arancel judicial
28 de Julio de 2011
Con el fin de dotar a la administración de justicia de mayores recursos para su descongestión y modernización, el Gobierno presentó un proyecto de ley que deroga la Ley 1394 del 2010 y establece una nueva estructura de cobro del arancel judicial.
Desde julio del año pasado, esta contribución parafiscal se cobra a algunos procesos (civiles, comerciales y contencioso administrativos), cuando las pretensiones superan los 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
La reforma propone cobrar el arancel a todos los procesos judiciales con pretensiones dinerarias, excepto los previstos en la Ley 1394 (penales, laborales, de familia, de menores y los juicios de control constitucional o derivados de la acción de tutela). Otra novedad es que se exceptúa del cobro a los procesos contencioso administrativos y a las personas jurídicas de derecho público.
El ministro del Interior y de Justicia, Germán Vargas Lleras, recordó que con la Ley 1394 se pretendía recaudar 200.000 millones de pesos anuales por concepto de arancel judicial. Sin embargo, durante el 2011, según cifras del Consejo Superior de la Judicatura, el recaudo es de tan solo 350 millones de pesos.
La iniciativa mantiene la tarifa del 2% de la base gravable, que se calcularía sobre las pretensiones de la demanda. El umbral de los 200 salarios mínimos se eliminaría.
Igualmente, derogaría las disposiciones vigentes que establecen un arancel del 1% aplicable a la terminación anticipada de procesos ejecutivos y cuando se requiera reconocimiento o refrendación del laudo arbitral ante el funcionario judicial.
Según el proyecto, el pago del arancel recaerá sobre el demandante y se realizará al inicio de la acción judicial, aunque se podrá trasladar a la contraparte, a título de costas.
En opinión del Gobierno, la reforma también contribuirá a la reducción de demandas infundadas.
(Cámara de Representantes, Proyecto de ley, jul. 27/11)
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