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¿Cómo lograr que una persona sea reconocida legalmente como padre o madre en Colombia?

El trámite puede iniciarse ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
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23 de Mayo de 2025

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El procedimiento para que una persona sea reconocida legalmente como padre o madre de un menor en Colombia puede realizarse por distintas vías, según la disposición de las partes. El trámite puede iniciarse ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), donde un defensor de familia escucha a quienes solicitan el reconocimiento. Para ello, se deben presentar documentos como el registro civil de nacimiento del menor, cédulas de identidad de las partes, dirección de notificaciones y, si se desea, pruebas como el examen de ADN.

En caso de que el padre o madre acuda voluntariamente a un centro del ICBF, basta con llevar el registro civil del menor, documentos de identidad y datos de residencia. Si se acepta el reconocimiento, se levanta un acta que se remite a una notaría o a la registraduría para que el hecho quede oficialmente registrado. Otra opción es que el reconocimiento se haga directamente en una notaría, mediante escritura pública, sin necesidad de conciliación.  (Lea: Padres que pierden patria potestad deben continuar pagando alimentos si no hay exoneración judicial)

Si no hay voluntad de reconocimiento, el trámite debe efectuarse mediante demanda ante un juez de familia, con el acompañamiento obligatorio de un abogado titulado. En estos casos, el juez valora las pruebas aportadas, entre ellas una posible prueba de ADN, que puede anexarse desde el inicio o solicitarse posteriormente. Esta vía judicial se activa en los casos donde no hay acuerdo entre las partes.

En cuanto a los costos, el trámite en el ICBF es gratuito. Si se realiza ante notaría, solo se deben cubrir los gastos notariales. En cambio, cuando se acude a los jueces, deben pagarse los honorarios del abogado. En todos los procedimientos es necesario presentar el certificado de nacimiento, la declaración juramentada de dos testigos, así como la documentación de identidad y el grupo sanguíneo y RH del menor.

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