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04 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 9 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Sala Civil explica alcance de la fuerza mayor y el caso fortuito en el recurso de revisión

23 de Octubre de 2018

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Nota:
35947
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El numeral 1 del artículo 355 del Código General del Proceso establece como motivo de revisión “haberse encontrado después de pronunciada la sentencia documentos que habrían variado la decisión contenida en ella y que el recurrente no pudo aportarlos al proceso por fuerza mayor o caso fortuito o por obra de la parte contraria”.

 

Para la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, la finalidad propia del recurso no se trata de mejorar la prueba aducida deficientemente al proceso en el que se dictó la sentencia cuyo aniquilamiento se busca o de producir otra después de pronunciado el fallo.

 

Por el contrario, se trata de demostrar que la justicia, por absoluto desconocimiento de un documento que a pesar de su preexistencia fue imposible allegar por el litigante interesado, profirió un fallo que resulta, finalmente, contrario a la realidad de los hechos y es, por tanto, injusto. (Lea: Cinco presupuestos para que proceda una causal de revisión en la justicia ordinaria)

 

Así las cosas, para la configuración de la causal referida se exige la presencia concurrente de elementos imprescindibles, que, según la Sala, son los siguientes:

 

  1. Debe tratarse de una prueba documental.

     
  2. Dicha prueba, por existir con la suficiente antelación, hubiese podido ser aportada al proceso.

     
  3. Su ausencia se debe a la fuerza mayor, al caso fortuito o a la obra de la parte contraria (dolo), favorecida con la sentencia.

     
  4. Que el hallazgo se produzca después de proferido el fallo.

     
  5. Que la citada prueba sea determinante de una decisión diferente a la adoptada, es decir, que sea trascendente (M. P. Álvaro Fernando García).

 

Corte Suprema de Justicia, Sala Civil, Sentencia SC-37312018 (11001020300020160329300), Sep. 6/18

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