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Aprobada conciliación del Código General del Proceso (10:38 a.m.)

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13 de Junio de 2012

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El Código General del Proceso, que pasa a sanción presidencial, regirá de manera directa los procesos civiles, comerciales, agrarios y de familia, así como todas las actuaciones judiciales que no tengan un régimen especial. Su entrada en vigencia se dará en etapas, de acuerdo con la urgencia y necesidad de los temas que allí se prevén. Así lo informó el Ministerio de Justicia luego de la aprobación del informe de conciliación en el Congreso de la República. Así, desde su promulgación entrarán a regir las reglas sobre las competencias jurisdiccionales de las autoridades administrativas, la nueva figura del cambio de radicación de los expedientes, el juramento estimatorio, las normas de adjudicación o realización especial de la garantía real y las disposiciones relativas a la intervención de la Agencia Nacional para la Defensa Jurídica del Estado. Por su parte, desde octubre entrarán en vigor las reglas de los procesos de responsabilidad médica, las nuevas cuantías, el nuevo régimen sobre desistimiento tácito, el régimen de insolvencia para personas naturales no comerciantes y el régimen de medidas cautelares para los procesos declarativos. El resto del Código entrará en vigencia en enero del 2014.

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