Actas del Tribunal Médico Laboral de las FF MM se pueden demandar (3:30 p.m.)
07 de Mayo de 2012
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Nota:
81063
La Sección Segunda del Consejo de Estado recordó que las actas del Tribunal Médico Laboral de las Fuerzas Militares no son simples actos de trámite que no se puedan demandar ante la justicia administrativa, sino que son actos definitivos susceptibles de anularse judicialmente, si con ellas se afecta el reconocimiento de una pensión de invalidez. De hecho, la posibilidad de demandar las actas está contemplada en el Decreto 1796 del 2000. La corporación recordó que este tribunal es la segunda instancia de las juntas médico laborales, de tal forma que ante ella se agota la vía gubernativa. (C. P. Luis Rafael Vergara).
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