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Venta de algunos bienes en zonas de frontera con Venezuela estará excluida del IVA y contribuyentes podrán cancelar sus impuestos y sanciones en especie (11:53 a.m.)

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28 de Julio de 2010

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Al amparo del estado de emergencia social decretado anoche, el Gobierno dispuso, en un decreto con fuerza de ley, que la venta de alimentos, calzado, confecciones, materiales de construcción y electrodomésticos en los 37 municipios fronterizos relacionados en el Decreto 2693 de ayer 27 de julio estarán excluidos del impuesto sobre las ventas, durante los próximos 120 días. El Decreto 2694 también autorizó a la DIAN para autorizar la cancelación de deudas por concepto de impuestos, sanciones e intereses, mediante la dación en pago de bienes inmuebles y muebles producidos en la zona que, previa evaluación, satisfagan la obligación, que se materializará mediante la transferencia del derecho de dominio a favor de la Nación. Este mecanismo únicamente podrá aplicarse para solicitudes presentadas dentro del periodo mencionado y solo aplica respecto de deudas de contribuyentes cuyo domicilio corresponda a alguno de los municipios señalados.

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