Usuario industrial de servicios de zona franca no puede recibir mercancía en calidad de almacenamiento (3:59 p.m.)
26 de Septiembre de 2016
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Nota:
123391
Las operaciones entre usuarios de zona franca deben realizarse en el marco de las actividades y operaciones expresamente autorizadas por el Decreto 2685 de 1999 para cada clase de usuario, bien sea de bienes, de servicios o comercial. Por lo tanto, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, un usuario industrial de servicios no puede recibir mercancía en calidad de almacenamiento, siendo inviable la operación de traslado de la misma, ya que se incumplen los presupuestos previstos en la normativa vigente.
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