¿Un acto administrativo de trámite puede ser demandado? (4:00 p.m.)
Openx [71](300x120)
60577
16 de Marzo de 2018
Escucha esta noticia audio generado con IA
Para que un acto administrativo sea definitivo debe contener una declaración de voluntad de la Administración que produzca efectos jurídicos, de manera que cree, modifique o extinga una situación jurídica particular y concreta, explica la Sección Cuarta del Consejo de Estado. De esta forma, los actos con dichas características pueden ser demandados ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo con el fin de atacar su legalidad. De otra parte, no sucede igual con los actos de trámite o preparatorios, pues estos no tienen control judicial debido a que su propósito solo es impulsar una actuación o proceso administrativo, pero no determinan una situación jurídica concreta. Sin embargo, la anterior regla tiene una excepción: cuando los actos preparatorios ponen fin al procedimiento administrativo o en su virtud no es posible continuar con el trámite, o son causa directa y eficiente de un perjuicio, pueden ser demandados (C. P. Milton Chaves García).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!