¿Sobre qué inmuebles recae el cobro de valorización? (2:54 p.m.)
21 de Diciembre de 2017
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Nota:
58675
La contribución de valorización es un gravamen especial, de carácter real, cuya finalidad es financiar la construcción de obras de interés público ejecutadas por la Nación, las entidades territoriales o cualquier ente de derecho público y recae sobre las propiedades raíces que se beneficien con la ejecución de la obra. La decisión de gravar las propiedades con la contribución debe contar con la respectiva ordenanza o acuerdo, que fija como mínimo el sistema y método para definir costos, beneficios y criterio de reparto. Para que proceda la contribución, indicó el Ministerio de Hacienda, los inmuebles afectados deben recibir un beneficio directo o indirecto por efectos de la ejecución de la obra a ejecutar, es decir, aplica sobre los predios que estén ubicados dentro del área de influencia, teniendo en cuenta la capacidad de pago de los contribuyentes y el beneficio.
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