Reglamentan la destinación de parte de los recursos procedentes de la reforma tributaria para la salud (5:02 p.m.)
11 de Abril de 2011
Reproducir
Nota:
72880
Los recursos por concepto de la sobretasa al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado y del impuesto al consumo de licores, que las entidades territoriales recaudaron en virtud de lo previsto en la reforma tributaria para la salud (Ley 1393/10), correspondientes al periodo comprendido entre el 12 de julio y el 31 de diciembre del 2010, los utilizarán para la financiación de los servicios prestados a la población pobre en lo no cubierto por subsidios a la demanda y a la atención de la población pobre no asegurada, acaba de establecer el Gobierno. Por su parte, los saldos a favor de los entes territoriales resultantes de la liquidación de los contratos suscritos para garantizar el aseguramiento de la población durante el periodo comprendido entre el 1° de octubre del 2009 y el 31 de marzo del 2011 deberán ser girados por el municipio al departamento al que pertenece, para la financiación de servicios prestados a la población pobre en lo no cubierto por subsidios a la demanda, agrega el Decreto 1124 del 2011.
Opina, Comenta