Prueba que acredita exclusión de IVA obtenida después de presentar la declaración de importación permite solicitar la devolución del pago en exceso (10:43 a.m.)
07 de Abril de 2010
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Nota:
65275
Cuando a la fecha de presentación y aceptación de la declaración de importación existe causa legal para liquidar y pagar el impuesto sobre las ventas, pero posteriormente se obtiene prueba idónea para acreditar la exclusión, se presenta un pago en exceso que hace procedente la solicitud de liquidación oficial de corrección, para efectos de reconocer la exclusión y la consecuente devolución, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en concepto de marzo. Además de los requisitos legales, para obtener la devolución se debe demostrar la no utilización como impuesto descontable del monto de impuesto cuya devolución se solicita, mediante certificación de revisor fiscal, indicó la entidad.
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