Preparan reglamentación del remate virtual (2:40 p.m.)
24 de Octubre de 2019
Reproducir
Nota:
113197
De conformidad con el artículo 840 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 266 de la Ley 1819 del 2016, la Dian podrá realizar el remate de bienes en forma virtual. En desarrollo de lo anterior, el Ministerio de Hacienda publicó un proyecto de norma para implementar tal disposición. La unidad adoptará mediante resolución la herramienta tecnológica a través de la cual se desarrollará la audiencia de remate. El texto también plantea los requisitos para participar y hacer postura en el remate y los principios que debe rigen el proceso. La entidad recibirá comentarios hasta el próximo 7 de noviembre del 2019, a través de su sitio web.
Opina, Comenta