Incremento de renta para la firmeza de la declaración anticipada previsto en la Ley 1111 del 2006 se aplica a partir del año gravable 2007 (4:31 p.m.)
12 de Marzo de 2010
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Nota:
65120
Teniendo en cuenta que las normas tributarias que modifican aspectos sustanciales relacionados con el impuesto sobre la renta se aplican para el periodo gravable que comienza después de iniciar la vigencia de las mismas, el incremento del impuesto de renta para acceder a la firmeza de la declaración anticipada previsto en el artículo 69 de la Ley 1111 del 2006 se aplica a partir del año gravable 2007 y no del año gravable 2006, como lo manifestó la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales en el oficio 26618 del 2007. Por lo tanto, el Consejo de Estado, en sentencia del pasado 4 de febrero, declaró la nulidad parcial del oficio mencionado (C.P. Martha Teresa Briceño de Valencia).
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